Sí. El empresario debe realizar una evaluación de riesgos específica, teniendo en cuenta la peligrosidad, dosis, duración, exposición y condiciones de uso del producto (RD 374/2001, arts. 3 y 4).
Cómo analizar el absentismo laboral en tu empresa. Guía práctica
En el primer artículo de esta serie, Absentismo laboral: Desmontando un debate polarizado para encontrar soluciones reales, analizamos cómo la falta de claridad...





