Incluye patologías por exposición a agentes químicos; la entidad gestora tramita el parte según el art. 4 del RD 1299/2006 y el art. 23 LPRL.
¿Qué debe probar el empresario para exonerarse tras un accidente?
Fuerza mayor, caso fortuito o negligencia exclusiva e imprevisible del trabajador, acreditando cumplimiento preventivo total.



