El deber del empresario es casi ilimitado y cubre incluso imprudencias no temerarias, pero se detiene ante conductas temerarias del trabajador, siempre que el empresario haya cumplido todas sus obligaciones de prevención. En caso de conducta temeraria e imprevisible, el empresario puede quedar exonerado de responsabilidad.
Hiperconectividad laboral: por qué se ha normalizado y cómo gestionarla desde la prevención de riesgos
La expansión de las tecnologías digitales y del trabajo híbrido ha traído ventajas innegables: mayor autonomía para decidir dónde y cuándo trabajar, más posibilidades...





