Los cortes pueden ser superficiales o profundos, y en casos graves afectar músculos, tendones y nervios. Suelen producirse por herramientas afiladas, maquinaria o materiales con bordes filosos en el entorno laboral.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



