El Real Decreto-ley 18/2021 concede más exoneraciones a las empresas con ERTE que fomenten la formación. Ante la preocupación por la situación y el futuro laboral de tantas personas trabajadoras en situación de ERTE tras los cambios durante la pandemia de la COVID-19, se plantea esta ayuda para fomentar la formación de los/as empleados/as y garantizar mejoras en su trabajo presente o futuro.
Situación de ERTE para empresas y trabajadores/as
Los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) han sido y son un mecanismo fundamental para la gestión de las empresas en el contexto de la pandemia de COVID-19. A día de hoy, finales de 2021, se estima que al menos un 3,3% de la población sigue en situación de ERTE.
En situación de ERTE, a una persona trabajadora se le puede suspender su contrato o reducir su jornada laboral:
- Si se produce suspensión, la persona percibirá una prestación contributiva por desempleo hasta finalizar la situación de suspensión.
- En el caso de reducción de jornada, recibirá una prestación contributiva de desempleo parcial por la parte de la jornada que deja de trabajar.
En ambos casos, la persona trabajadora pasa a estar en una situación laboral distinta, pero con la idea de volver a la situación anterior lo más pronto posible. El ERTE ayuda a mitigar el porcentaje de despidos y favorecer a la persona trabajadora en situaciones empresariales complejas.
Real Decreto-Ley 18/2021
Con la publicación del Real Decreto-Ley 18/2021 se estipula y sitúa la formación como el factor fundamental para mejorar la empleabilidad de las personas trabajadoras en situación de ERTE.
Aquellas empresas que fomenten y creen programas formativos para sus trabajadores/as con expedientes de regulación temporal de empleo, serán beneficiarias de diferentes beneficios y exoneraciones.
Exoneraciones para empresas en ERTE
Una de las cuestiones que más preocupación ha producido con el tema de los ERTE está ligada al futuro laboral de los/as trabajadores/as en esta situación. La idea de quedarse en situación de desempleo después de finalizar el ERTE era y es algo real.
Desde el primer momento, con el fin de minimizar el desempleo, se ha fomentado la aplicación de beneficios y exoneraciones que hayan incentivado el empleo y la reincorporación a la actividad de los profesionales en ERTE. Finalizando el año 2021, las exoneraciones siguen siendo un punto importante para gestionar de un modo óptimo los expedientes de regulación temporal de empleo.
Características de los beneficios y las exoneraciones
Como ya hemos comentado anteriormente, en este último Real Decreto se ha marcado la formación como recurso clave. Aquellas empresas que cuenten con acciones formativas obtendrán mayores exenciones en las cotizaciones a la Seguridad Social.
En otras palabras, aquellas empresas que formen a sus trabajadores en ERTE obtendrán un incremento del crédito para la financiación de actividades formativas, en función del tamaño de la empresa:
- De 1 a 9 personas trabajadoras: 425 euros por persona.
- Entre 10 y 49 personas trabajadoras: 400 euros por persona.
- De 50 o más personas: 320 euros por persona.
Nota: el número mínimo de horas de formación de cada persona será de 30 h para las empresas de 10 a 49 trabajadores y de 40 h para empresas de más de 50 trabajadores/as.
Además del crédito para formación, las empresas serán beneficiarias de exoneraciones de las cotizaciones a la Seguridad Social.
Características de la formación en ERTE
Las acciones formativas en ERTE deberán cumplir una serie de condiciones y características. Entre otras, destacamos las siguientes:
- Se desarrollarán a través de cualquiera de los tipos de formación previstos en la Ley 30/2015.
- Deben respetarse los descansos legalmente establecidos y el derecho a la conciliación de la vida laboral, personal y familiar.
- El plazo para la prestación efectiva de las acciones formativas finalizará el 30 de junio de 2022.
Transcurrido el periodo para la realización de las acciones formativas, la Tesorería General de la Seguridad Social comunicará al SEPE la relación de personas trabajadoras por las que las empresas se han aplicado las exenciones (entre el 1 de noviembre de 2021 y el 28 de febrero de 2022). El SEPE verificará la realización de las acciones formativas.
En el caso de no haber formación, se comunicará a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para que se inicien los expedientes sancionadores y liquidatorios.
Sin duda alguna, la formación es uno de los recursos de más valor para una empresa y sus empleados/as. En situación de ERTE sigue siendo un factor fundamental.
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