Cada año, las campañas festivas dan lugar a nuevas contrataciones temporales para cubrir la alta demanda de los/as consumidores/as para estas fechas de mayor consumo y de regalos. Aunque las previsiones esta vez no auguran datos tan positivos como en otras campañas anteriores, este año las fiestas traerán consigo unas 400.000 contrataciones. Muchas de estas, mediante contratos temporales.
Campañas festivas: sectores con mayor demanda
Durante el pasado noviembre, Randstad publicaba su previsión de contratación de cara a las presentes campañas festivas en diciembre. Teniendo en cuenta los sectores de comercio, hostelería y logística y transporte, concluyen que este año el número de contrataciones en España rondará las 402.040, un 17,3% menos que en las campañas del año pasado, cuando se firmaron 485.942 contratos.
Esto se debe, en gran medida, al incremento de los costes y a la difícil situación económica por la que está pasando el país actualmente. Para este año se prevé que las ventas disminuyan, tal como ocurrió ya durante el Black Friday.
No obstante, si bien la tónica general será la de una demanda menor, esto no se dará por igual en todos los sectores:
- Comercio: la firma de contratos descenderá un 29,4%, con aproximadamente 110.927.
- Logística y transporte: caída de la contratación del 20%, hasta los 194.128.
- Hostelería: aumento de las contrataciones en un 12,4%, hasta las 96.987 firmas.
Contratos temporales para cubrir la alta demanda
Aunque las contrataciones vayan disminuyendo durante este año en comparación con otros anteriores, vemos que se siguen firmando un gran número de contratos para estas fechas. En muchas ocasiones, además, se trata de contratos temporales para cubrir periodos cortos de alta demanda.
Comercio
El sector del comercio precisa cada año un refuerzo en sus plantillas durante esta época. En los meses desde noviembre hasta enero aumenta el número de consumidores/as y, por tanto, se buscan dependientes/as, promotores/as, azafatos/as y perfiles comerciales, principalmente.
Logística y transporte
Al igual que el sector del comercio, el sector de la logística y el transporte aumenta su producción por el gran volumen de compras y pedidos que se realizan para los meses de diciembre y enero. Los perfiles más demandados en las empresas logísticas serán el personal de empaquetado, carretilleros/as, mozos/as de almacén y transportistas, entre otros.
Hostelería
Con los días de fiesta y las vacaciones, es normal que salgamos más a celebrar y reunirnos para comer y cenar. Si a esto sumamos las cenas y comidas de empresa, sabemos que el sector de la hostelería estará mucho más ocupado durante algunos meses. Se necesitará aumentar la plantilla con empaquetadores/as, cajeros/as, envasadores/as, manipuladores/as de alimentos, camareros/as, reponedores/as, repartidores/as, etc.
Obligaciones de la empresa
Para estas fechas, las empresas se ven con la necesidad de cubrir varios puestos de trabajo de forma temporal para solventar la situación de alta demanda y consumo. En estos casos, las personas trabajadoras son contratadas con lo que se denomina “contrato eventual por circunstancias en la producción”.
Se trata de un contrato temporal que, según el artículo 15.1b) del Estatuto de los Trabajadores, debe cumplir las siguientes características:
- Se firma cuando “las circunstancias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos así lo exigieran, aun tratándose de la actividad normal de la empresa”.
- Tendrá una duración máxima de 6 meses dentro de un periodo de 12.
- Debe incluir un apartado que indique su duración y las causas o circunstancias de su uso.
De todos modos, independientemente de cuál sea la circunstancia, las personas trabajadoras que se incorporan a la plantilla de manera temporal deben recibir la formación en prevención de riesgos laborales precisa para su puesto de trabajo, como veremos más adelante.
Vacaciones
Las vacaciones deben ser las equivalentes al tiempo trabajado. Estas suelen calcularse a razón de 2,5 días de vacaciones por mes trabajado, independientemente del número de horas realizadas. Sin embargo, al ser contratos de tan corta duración, lo más probable es que las vacaciones no se disfruten como días libres, sino que se paguen estas horas al finalizar el contrato.
Descansos
Como el resto de personas trabajadoras, una persona con contrato temporal deberá disfrutar los descansos que le corresponden por derecho. Estos deberán ser, como mínimo, los siguientes:
- 12 horas entre jornada y jornada.
- 15 minutos cada 6 horas de trabajo continuo.
- 1 día de descanso a la semana.
Horas extraordinarias
Las horas extraordinarias, como con cualquier otro tipo de contrato, deberán ser compensadas con descansos o de forma económica. Si se compensan económicamente, debe pagarse al menos la misma cantidad de dinero que cobraría la persona trabajadora por una hora normal de trabajo.
Horario nocturno
Se considera trabajo nocturno al realizado entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana. Si una persona trabaja en este horario deberá recibir el plus de nocturnidad, a no ser que, por convenio o en el mismo contrato, se especifique de otra manera. Para que se considere que una persona trabajadora ha realizado trabajos nocturnos debe darse uno de estos dos supuestos:
- Al menos 3 horas de su jornada laboral diaria ocurre en horario nocturno.
- Al menos un tercio de su jornada de trabajo anual se produce en horario nocturno.
Indemnización por finalización de contrato
Cuando el contrato temporal termine, la persona trabajadora debe ser indemnizada como cualquier otra: 12 días de salario por año trabajado.
Prevención de riesgos en contratos temporales
Todas las empresas tienen la obligación de formar a su plantilla antes de que esta se incorpore a trabajar. De este modo, la obligación de proporcionar información y formación acerca de los riesgos y medidas preventivas del puesto de trabajo es independiente a la duración y características del contrato.
La empresa debe cumplir siempre los siguientes aspectos:
- Informar a la persona trabajadora sobre los riesgos de su puesto de trabajo y su actividad laboral.
- Formar a la persona trabajadora en materia preventiva y vigilancia de la salud.
- Informar sobre las medidas y planes de emergencia, así como los protocolos y ubicación de las salidas de emergencia.
- Facilitar los manuales e instrucciones para el manejo de maquinaria, equipos o productos químicos.
- Proporcionar la ropa de trabajo y equipos de protección individual en caso necesario.
- Asegurar la posibilidad de realizar reconocimientos médicos y la vigilancia de la salud inicial y periódica.
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En Digital Preventor nos preocupamos por que cada persona trabajadora reciba una formación suficiente y adecuada para su puesto de trabajo. Recuerda que todas las personas que tengas contratadas deben recibir formación antes de comenzar a trabajar. Como ya hemos visto, las personas con contratos temporales no pueden dejar de recibir esta formación, incluso aunque se les contrate por unos pocos días.
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