Un accidente laboral no solo pone en riesgo la integridad del trabajador: también activa un entramado de posibles responsabilidades legales y económicas. En ese contexto surge la pregunta: ¿Quién debe responder?
El empresario soporta el núcleo de la responsabilidad, especialmente si se incumplen las medidas preventivas exigidas por ley o no se garantiza su aplicación real en el día a día. Pero también pueden verse implicados otros: el propio trabajador, una subcontrata, un técnico de prevención o incluso el fabricante de un equipo defectuoso.
Por eso, más allá del cumplimiento formal de la normativa, resulta fundamental impulsar una cultura preventiva real, con la formación en PRL como herramienta clave para reducir riesgos, reforzar la seguridad y proteger la reputación de la empresa.
Responsabilidades ante un accidente laboral
Tras un accidente de trabajo, pueden surgir diferentes tipos de responsabilidades según el origen del incumplimiento o la conducta de las personas implicadas. A continuación, se detallan las principales situaciones en las que puede surgir responsabilidad legal.
Falta de alta o cotización en la seguridad social
Una de las infracciones más graves ocurre cuando el trabajador no ha sido dado de alta o no se ha cotizado correctamente por él. Si se produce un accidente en estas condiciones, la empresa puede incurrir en responsabilidad grave, según el artículo 167.2 de la Ley General de la Seguridad Social.
En estos casos, la Seguridad Social puede abonar inicialmente la prestación al trabajador accidentado, pero luego reclamar esas cantidades a la empresa responsable del incumplimiento. La infracotización también puede dar lugar a sanciones y reclamaciones adicionales.
Incumplimientos en prevención de riesgos laborales
La normativa vigente en España impone obligaciones al empresario en cuanto a la prevención de riesgos laborales, a fin de proteger la salud y la integridad física de los trabajadores.
La Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), establece las obligaciones empresariales en materia de seguridad y salud en el trabajo. El empresario debe:
- Evaluar los riesgos y planificar medidas preventivas.
- Informar y formar adecuadamente a los trabajadores.
- Vigilar la salud de la plantilla, cuando proceda.
- Documentar y conservar adecuadamente toda la información preventiva.
Los incumplimientos en esta materia pueden clasificarse como:
- Leves: Deficiencias en la información a los trabajadores, omisión de comunicaciones formales o retrasos documentales.
- Graves: Falta de evaluaciones de riesgo, omisión de medidas correctoras o formación deficiente.
- Muy graves: Exposición a riesgos graves, reanudación de la actividad tras un accidente sin corregir causas, o incumplimientos en sectores especialmente regulados como construcción.
Estas infracciones están reguladas por los artículos 11 a 13 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, que aprueba la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS).
Además de las sanciones económicas y administrativas, estos incumplimientos pueden derivar en reclamaciones civiles por daños y perjuicios cuando se producen lesiones al trabajador. Y, si existe una imprudencia grave por parte de la empresa que cause lesiones o fallecimiento, pueden abrirse diligencias penales. Existen precedentes judiciales en los que la omisión de medidas básicas de seguridad ha llevado a condenas penales a gerentes o responsables técnicos.
Responsabilidades del trabajador
Aunque la carga principal de la prevención recae sobre el empleador, los trabajadores también tienen obligaciones:
- Utilizar correctamente los equipos de protección individual (EPI).
- Cumplir con las instrucciones de seguridad proporcionadas.
- Comunicar cualquier riesgo o anomalía detectada.
En casos de negligencia grave o imprudencia temeraria por parte del trabajador (por ejemplo, desobedecer órdenes claras de seguridad), puede verse reducida la indemnización o prestación, e incluso perderse la consideración de accidente laboral.
No obstante, la carga de la prueba recae generalmente sobre la empresa, y no es habitual que se excluya su responsabilidad salvo que se demuestre una conducta temeraria clara, consciente y reiterada por parte del trabajador.
Casos especiales a tener en cuenta
Además de la responsabilidad directa de la empresa o del trabajador, pueden darse otras situaciones en las que otras partes implicadas asuman algún grado de responsabilidad legal ante un accidente laboral.
Subcontratación y coordinación deficiente
Si el accidente afecta a personal subcontratado y la empresa principal no verificó medidas, formación y coordinación, puede compartir responsabilidad.
Por ejemplo, si un trabajador subcontratado sufre un accidente por falta de formación, uso indebido de equipos o ausencia de medidas preventivas, y la empresa principal no ha comprobado que la subcontrata cumplía con sus obligaciones, podría considerarse corresponsable.
Técnicos, mandos y Servicios de Prevención Ajenos (SPA)
El SPA no sustituye al empresario. Pero si mandos o técnicos, teniendo capacidad real de actuar, no lo hacen ante riesgos claros, pueden responder administrativa, civil e incluso penalmente. Esto no exime a la empresa.
En algunos casos, empresario y técnico acuerdan por escrito una delegación de funciones que dota al técnico de autoridad, medios y capacidad de decisión. Esta delegación no libera totalmente al empresario, pero sí refuerza la responsabilidad personal del técnico si incumple lo delegado. Por eso debe estar bien documentada y acompañada de mecanismos de control.
Fabricantes y proveedores
Si el siniestro se vincula a un defecto del equipo de trabajo o a instrucciones incompletas o confusas, puede reclamarse la responsabilidad del fabricante o del proveedor. Esto ocurre, por ejemplo, cuando una máquina presenta un fallo de diseño o carece de las advertencias necesarias para un uso seguro.
En estos casos, la empresa sigue teniendo la obligación de mantener y supervisar adecuadamente los equipos, pero la existencia de un defecto de origen puede dar lugar a una reclamación de responsabilidad al proveedor. Esta vía puede coexistir con la responsabilidad empresarial, especialmente si no se realizaron revisiones o mantenimientos básicos.
Cómo prevenir accidentes laborales y evitar consecuencias graves
Una buena estrategia de prevención no solo protege a los trabajadores, sino que minimiza los riesgos legales, económicos y reputacionales para la empresa:
Aquí te dejamos un checklist básico:
- Evalúa riesgos y mantén la evaluación actualizada (no dejes el documento «en un cajón»).
- Forma e informa al personal según su puesto real, no solo con formación genérica.
- Controla a contratas y subcontratas: exige documentación, verifica formación y da instrucciones claras.
- Investiga y comunica todos los incidentes, aunque parezcan leves. Cada incidente es una oportunidad para prevenir.
- Impulsa una cultura preventiva: asegúrate de que todos sepan qué hacer y por qué, y que puedan comunicar riesgos sin temor.
Reflexión final
La prevención es una estrategia integral que exige un compromiso activo de empresarios, mandos intermedios, técnicos, trabajadores y colaboradores externos. Aunque todos tienen un papel en la seguridad laboral, el núcleo de la responsabilidad recae en la empresa, especialmente si se incumplen o se relajan medidas preventivas exigidas por ley.
En este contexto, la formación en PRL marca la diferencia
- Permite que cada persona entienda los riesgos específicos de su puesto.
- Promueve comportamientos seguros.
- Refuerza la cultura preventiva en todos los niveles de la empresa.
Una plantilla bien formada no solo reduce la siniestralidad, sino que también disminuye el riesgo legal y reputacional para la organización. Apostar por la formación continua en PRL no es un coste: es una inversión en seguridad, cumplimiento y responsabilidad.
Nota: Este texto tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento jurídico en casos concretos.