Riesgos biológicos por contacto con cadáveres, fluidos contaminantes o restos humanos, además de riesgos psicosociales y físicos derivados de la naturaleza sensible y exigente del trabajo funerario.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



