La Ley 31/1995 no fija un plazo concreto: la formación debe repetirse “si fuera necesario”, según la evolución de los riesgos y lo que determine la evaluación preventiva de la empresa.
¿Qué ocurre si falta algún elemento esencial en el informe técnico preventivo?
La falta de identificación de riesgos, de medidas preventivas reales, de seguimiento o de adaptación a los cambios puede ser interpretada por los...



