La Ley 31/1995 no fija un plazo concreto: la formación debe repetirse “si fuera necesario”, según la evolución de los riesgos y lo que determine la evaluación preventiva de la empresa.
¿Qué consecuencias legales puede tener una formación preventiva insuficiente?
La insuficiencia de formación puede considerarse infracción muy grave, sancionable y causa de recargo de prestaciones, según la jurisprudencia del...



