La empresa principal sigue siendo responsable de coordinar y supervisar la prevención, asegurando que las empresas contratadas cumplen la normativa y que no se generan riesgos adicionales.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



