Debe realizar una evaluación de riesgos específica, proporcionar EPIs adecuados, asegurar la formación de los trabajadores, mantener los equipos en condiciones óptimas y documentar todas las medidas preventivas adoptadas.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



