Debe primar la instrucción del fabricante para ese equipo y tarea concreta, pero también puede reforzar las medidas si el riesgo lo justifica, documentando siempre las decisiones tomadas.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



