Se debe aplicar el artículo 24 de la LPRL y el RD 171/2004 sobre coordinación de actividades empresariales, garantizando intercambio de información, evaluación compartida de riesgos y control de medidas preventivas conjuntas.
¿Puede intervenir la Inspección de Trabajo en una obra en curso?
Sí. Puede acudir en cualquier momento, revisar documentación, entrevistar a trabajadores y paralizar la obra si detecta riesgos graves o...



