Se debe aplicar el artículo 24 de la LPRL y el RD 171/2004 sobre coordinación de actividades empresariales, garantizando intercambio de información, evaluación compartida de riesgos y control de medidas preventivas conjuntas.
¿Es obligatorio identificar el lugar donde se teletrabaja?
Sí. Según la Ley 10/2021, debe especificarse en el acuerdo de teletrabajo, ya que la evaluación de riesgos y las medidas preventivas se aplican a...



