Se debe aplicar el artículo 24 de la LPRL y el RD 171/2004 sobre coordinación de actividades empresariales, garantizando intercambio de información, evaluación compartida de riesgos y control de medidas preventivas conjuntas.
¿Qué alimentos no pueden reaprovecharse bajo ninguna circunstancia?
Alimentos ya servidos al cliente, platos de buffet sin protección térmica o física, sobras manipuladas sin control, y productos caducados o...



