Se debe aplicar el artículo 24 de la LPRL y el RD 171/2004 sobre coordinación de actividades empresariales, garantizando intercambio de información, evaluación compartida de riesgos y control de medidas preventivas conjuntas.
¿Qué medidas podrían reducir la siniestralidad laboral de inmediato?
Medidas como garantizar el cumplimiento de la normativa actual, reforzar la Inspección de Trabajo, analizar causas de accidentes, gestionar riesgos...



