Trabajos habituales con manipulación de productos químicos o biológicos con concentraciones superiores al Valor Límite Ambiental (VLA), independientemente del uso de EPI.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



