Se considera imprudencia temeraria cuando el trabajador asume de forma consciente riesgos manifiestos, innecesarios y especialmente graves, ajenos al comportamiento habitual y a la prudencia exigible.
¿Qué debe probar el empresario para exonerarse tras un accidente?
Fuerza mayor, caso fortuito o negligencia exclusiva e imprevisible del trabajador, acreditando cumplimiento preventivo total.



