Los incluye expresamente como agentes presentes en el ambiente laboral que pueden influir en la generación de riesgos, junto a los físicos y químicos.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



