Un entorno cálido y húmedo acelera el deterioro de los alimentos, favorece la contaminación superficial, interfiere con el correcto almacenamiento y puede afectar la eficacia de sistemas de refrigeración, lo que representa un riesgo directo para la inocuidad del producto final.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



