Mediante certificados, diplomas, registros firmados o cualquier documento que acredite la realización y superación de los cursos o acciones formativas específicas.
¿Quién debe interpretar y concretar estas obligaciones ante la falta de detalle normativo?
Las autoridades nacionales y las propias empresas, aplicando de forma proactiva las directrices europeas y organismos especializados en SST.



