A través del convenio colectivo y de contenidos específicos en la formación profesional, se adaptan las medidas preventivas a los riesgos particulares del trabajo gráfico e industrial.
¿Pueden los trabajadores especialmente sensibles negarse a realizar tareas puntuales aunque estén adaptadas?
Si existe riesgo para su salud, tienen derecho a negarse y la empresa debe respetarlo, sin que esto suponga sanción ni perjuicio para el trabajador.



