A través del convenio colectivo y de contenidos específicos en la formación profesional, se adaptan las medidas preventivas a los riesgos particulares del trabajo gráfico e industrial.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



