Existen Reales Decretos sectoriales (como RD 1627/1997 para construcción o RD 1389/1997 para minería) y guías técnicas especializadas que adaptan las medidas preventivas a los riesgos propios de cada sector.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



