La prioridad legal es la salud y seguridad del trabajador, incluso si hay que reorganizar equipos, turnos o tareas; la organización interna no puede prevalecer sobre la protección.
¿Qué otras normativas son aplicables a la exposición a humos en el trabajo?
Además del RD 374/2001, también son relevantes el RD 773/1997 sobre EPIs y el RD 665/1997 si el humo contiene sustancias cancerígenas o mutágenas...



