Siempre descongela en el frigorífico, en microondas o en agua fría controlada. Nunca a temperatura ambiente. Esto evita que las bacterias se reactiven y se multipliquen, protegiendo la seguridad del consumidor.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



