Participar en la planificación y organización de la prevención, vigilar el cumplimiento de la normativa, colaborar con la dirección, realizar propuestas y acompañar a la Inspección de Trabajo durante sus visitas.
¿Qué obligaciones concretas recoge el Anexo I, punto 1.8, del RD 1215/1997?
Evitar el acceso a órganos móviles con riesgo de atrapamiento y prohibir que los equipos funcionen con protecciones anuladas o inutilizadas.



