La extinción solo es válida si se cumple al menos una de estas condiciones: • No pueden hacerse ajustes razonables. • No hay puestos vacantes compatibles. • El trabajador rechaza una oferta de reubicación adecuada.
¿Qué normativa aplica a los trabajadores que realizan ajustes en instalaciones SEVESO?
Además de la LPRL, deben aplicarse el RD 374/2001 (agentes químicos), el RD 681/2003 (atmósferas explosivas) y el RD 130/2017 (procedimientos de...



