La extinción solo es válida si se cumple al menos una de estas condiciones: • No pueden hacerse ajustes razonables. • No hay puestos vacantes compatibles. • El trabajador rechaza una oferta de reubicación adecuada.
¿Qué exige el art. 316 del Código Penal para condenar al empresario?
Omisión dolosa o culposa de medios necesarios, generando peligro grave para vida o salud de los trabajadores.



