La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, el Código Penal, el Estatuto de los Trabajadores, y la jurisprudencia consolidada de los tribunales.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



