87 dB(A) de media diaria y 140 dB(C) de pico. Hay valores inferiores de acción (80 dB(A), 135 dB(C)) y superiores de acción (85 dB(A), 137 dB(C)) que obligan a aplicar diferentes medidas preventivas.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.