Cuando la imprudencia no es temeraria y estaba dentro del margen previsible por parte del empresario, especialmente si no se formó o vigiló adecuadamente al trabajador.
¿En qué casos es obligatorio disponer de recursos preventivos presenciales en la obra o centro de trabajo?
En actividades consideradas de especial peligrosidad según la normativa, como trabajos en altura, excavaciones, trabajos con riesgo eléctrico,...



