Cuando la exposición al riesgo pueda producirse de inmediato y suponer un daño grave para la salud, incluso si no se manifiesta enseguida. Los trabajadores pueden paralizar su actividad y abandonar el puesto.
¿La agricultura está contemplada como actividad de riesgo frente a agentes biológicos?
Sí. El RD 664/1997 incluye expresamente los trabajos agrarios en su Anexo I como actividades con riesgo por exposición a agentes biológicos.



