Se considera accidente de trabajo cuando hay un contagio o aislamiento relacionado directamente con el trabajo, especialmente en entornos sociosanitarios o con exposición profesional a agentes biológicos, como reconocen sentencias del TSJ de Castilla y León y Madrid.
¿Qué debe probar el empresario para exonerarse tras un accidente?
Fuerza mayor, caso fortuito o negligencia exclusiva e imprevisible del trabajador, acreditando cumplimiento preventivo total.



