Una Empresa de Trabajo Temporal (ETT) debe conservar la documentación de prevención de riesgos laborales (como formación recibida) durante al menos 5 años tras el cese del trabajador, conforme al plazo de prescripción de las infracciones muy graves en materia de PRL (LISOS, art. 4).
¿Qué normativa aplica a los trabajadores que realizan ajustes en instalaciones SEVESO?
Además de la LPRL, deben aplicarse el RD 374/2001 (agentes químicos), el RD 681/2003 (atmósferas explosivas) y el RD 130/2017 (procedimientos de...



