Una Empresa de Trabajo Temporal (ETT) debe conservar la documentación de prevención de riesgos laborales (como formación recibida) durante al menos 5 años tras el cese del trabajador, conforme al plazo de prescripción de las infracciones muy graves en materia de PRL (LISOS, art. 4).
¿Qué régimen sancionador se aplicó durante la COVID‑19 según el RDL 26/2020?
Amplió el régimen sancionador para tipificar como infracción grave el incumplimiento de medidas preventivas (desinfección, higiene, distancias), con...



