Una Empresa de Trabajo Temporal (ETT) debe conservar la documentación de prevención de riesgos laborales (como formación recibida) durante al menos 5 años tras el cese del trabajador, conforme al plazo de prescripción de las infracciones muy graves en materia de PRL (LISOS, art. 4).
¿Qué normativa regula la coordinación de actividades empresariales en PRL?
El Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, desarrolla el artículo 24 de la LPRL y regula la coordinación de actividades empresariales (CAE) cuando en...