Una Empresa de Trabajo Temporal (ETT) debe conservar la documentación de prevención de riesgos laborales (como formación recibida) durante al menos 5 años tras el cese del trabajador, conforme al plazo de prescripción de las infracciones muy graves en materia de PRL (LISOS, art. 4).
¿Por qué una misma norma de Prevención de Riesgos Laborales puede interpretarse de forma diferente según el caso?
Porque la PRL se adapta al contexto: el sector, tipo de tarea, nivel de riesgo, tamaño de la empresa, ubicación, condiciones del trabajador y...