Una Empresa de Trabajo Temporal (ETT) debe conservar la documentación de prevención de riesgos laborales (como formación recibida) durante al menos 5 años tras el cese del trabajador, conforme al plazo de prescripción de las infracciones muy graves en materia de PRL (LISOS, art. 4).
¿Cómo mitigar áreas de riesgo identificadas en el documento (ambigüedad de residuos, falta de normativa estatal específica, etc.)?
Clasificar y documentar los residuos, aplicar la normativa sectorial y autonómica disponible, mantener formación y planificación exhaustivas, y...