Una Empresa de Trabajo Temporal (ETT) debe conservar la documentación de prevención de riesgos laborales (como formación recibida) durante al menos 5 años tras el cese del trabajador, conforme al plazo de prescripción de las infracciones muy graves en materia de PRL (LISOS, art. 4).
¿Qué consecuencias legales tiene el incumplimiento de estas obligaciones?
El incumplimiento puede derivar en responsabilidades administrativas, civiles e incluso penales, especialmente si se produce un accidente laboral...



