Sí. La formación debe ser accesible en lenguaje, formato, ritmo y contenido, y utilizar los medios adecuados a cada tipo de discapacidad (visual, auditiva, cognitiva, motora).
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



