Sí. Si hay concurrencia de actividades, debe aplicarse el RD 171/2004 de coordinación preventiva, adaptado a plataformas o entornos de trabajo no tradicionales.
Cómo contratar e incluir a personas con discapacidad en tu empresa
Todavía persiste la idea de que las personas con discapacidad no podrán desarrollar su trabajo con eficacia. Esta es la barrera más extendida y la que más limita la...





