Sí. Si hay concurrencia de actividades, debe aplicarse el RD 171/2004 de coordinación preventiva, adaptado a plataformas o entornos de trabajo no tradicionales.
Cómo prepararse para los cambios en prevención de riesgos laborales
La prevención de riesgos laborales está viviendo un momento de transformación. Tanto el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) como la Inspección...




