Sí. Si hay concurrencia de actividades, debe aplicarse el RD 171/2004 de coordinación preventiva, adaptado a plataformas o entornos de trabajo no tradicionales.
Prevención de riesgos laborales en pymes: lo que está revisando la Inspección de Trabajo
La Inspección de Trabajo está reforzando su actuación en ámbitos muy concretos relacionados con la prevención de riesgos laborales en las pymes, con atención especial a...





