Sí. La normativa y la jurisprudencia consolidan que la prevención de riesgos debe estar presente desde la producción hasta la distribución, con especial atención a las actividades de manipulación directa de alimentos.
¿Pueden los trabajadores especialmente sensibles negarse a realizar tareas puntuales aunque estén adaptadas?
Si existe riesgo para su salud, tienen derecho a negarse y la empresa debe respetarlo, sin que esto suponga sanción ni perjuicio para el trabajador.



