Sí. El RD 569/2023 y la LPRL obligan a comprobar la atmósfera antes de comenzar. Si no se verifica la seguridad, el trabajo debe suspenderse inmediatamente para evitar riesgo de explosión o incendio.
¿Puede una empresa limitar este derecho mediante convenio colectivo?
No. El derecho es un mínimo legal inderogable. La negociación colectiva solo puede ampliarlo o adaptarlo, nunca restringirlo.



