Sí. La evaluación de riesgos debe tener en cuenta las diferencias biológicas, sociales y organizativas entre mujeres y hombres, adaptando las medidas preventivas a las necesidades específicas de género.
¿Qué cambios normativos recientes debo vigilar en materia de agentes químicos peligrosos?
La modificación del RD 665/1997 por el RD 612/2024, que introduce ajustes en las obligaciones de control y registro para agentes cancerígenos,...



