Sí. El acoso moral, sexual o por razón de sexo se considera un riesgo laboral, y su prevención forma parte de las obligaciones del empresario conforme al artículo 4.7 de la LPRL y al criterio técnico 104/2021 de la Inspección de Trabajo.
Alfabetización en inteligencia artificial: Ya es obligatorio formar en un uso seguro y responsable de la IA
Muchas empresas ya utilizan herramientas de inteligencia artificial en su trabajo diario. Lo que no siempre se tiene en cuenta es que formar para un uso responsable y...





