Sí. El acoso moral, sexual o por razón de sexo se considera un riesgo laboral, y su prevención forma parte de las obligaciones del empresario conforme al artículo 4.7 de la LPRL y al criterio técnico 104/2021 de la Inspección de Trabajo.
¿Tu empresa está obligada a tener canal de denuncias? Qué exige la ley y qué conviene revisar ahora
En 2026 muchas empresas están revisando su canal de denuncias o, más exactamente, su Sistema Interno de Información. La base legal no es nueva: sigue estando en la Ley...





